Auto26 de abril de 2005
A- de 2005
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Fernando Alarcon Alarcon
✓
Tema · dato duro
Recurso De Suplica Contra El Auto Del Primero De Marzo De 2005, Dictado Por El Magistrado Jaime Cordoba Triviño Que Rechazo La Demanda Incoada. Confirma En Su Integridad El Auto De Rechazo De La Demanda
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
- Inexistencia de cargos
- Existencia de cosa juzgada
Cosa Juzgada Absoluta
- Corte no limitó los efectos de la sentencia
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- CONFIRMAR en su integridad el Auto de marzo
- primero. (1deg) de 2005, proferido por el Magistrado sustanciador Jaime Cordoba Trivino, mediante el cual se rechazo la demanda interpuesta por el ciudadano Fernando Alarcon Alarcon.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
C-786/04Ley Del Regimen De Arrendamiento De Vivienda UrbanaC-874/02Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Norma Del Decreto 410 De 1971 Por El Cual Se Expide El Código De ComercioC-690/02Servicios Publicos Domiciliarios. Propietarios, Poseedores Y Suscriptores Son UsuariosC-113/93Dec. 2067/91. Art. 21 Incs. 2 Y 4 Y Art. 24. Efectos De Las Sentencias De Constitucionalidad. Aclaracion De Sentencias. Inexequibles.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.